Justificación de Gastos
Manutención: no será necesario aportar ningún justificante de gastos, excepto en los casos en que la hora de regreso de la comisión de servicio sea posterior a las 22,00 horas, y por ello obligue a realizar la cena fuera de la residencia habitual, se abonara el 100% de la dieta de manutención, previa justificación con factura o recibo del correspondiente establecimiento, o aportando cualquier otro justificante que acredite que la llegada al destino ha sido posterior a las 22,00 horas.
Alojamiento: Se debe presentar factura original.
En los gastos de alojamiento el responsable de la Unidad de Gasto podrá autorizar importes superiores a los recogidos en el Anexo II en casos excepcionales y debidamente motivados, por las características especiales de la oferta hotelera de la ciudad de destino.
Vehículo particular: se harán constar los datos del vehículo.
Alquiler de vehículo: se deberá presentar factura original. También se debe adjuntar recibo o factura original del combustible.
Transporte público: se deberá presentar billete o factura original. En el caso de compra de billete por Internet se debe aportar el billete electrónico.
Otros gastos: se deberá aportar ticket o factura de garaje, aparcamiento, autopistas, llamadas de teléfono de carácter oficial, gastos de vacunas, visados y otros necesarios para la entrada en el país de que se trate,…)